El Grupo de Semiconductores III-V del Instituto de Energía Solar de la Universidad Politécnica de Madrid ha logrado el récord mundial de eficiencia para una célula solar de doble unión mediante un dispositivo fotovoltaico que convierte directamente en electricidad el 32.6% de la luz que recibe .

Esto es un aumento del rendimiento de 1.6% respecto del anterior récord.

Las células solares multi-unión están llamadas a sustituir a las convencionales puesto que la investigación indica que mejoran notablemente la eficiencia de éstas.

En este contexto, un grupo de investigación del Instituto de Energía Solar de la Universidad Politécnica de Madrid, dirigido por el profesor Carlos Algora, ha diseñado y fabricado íntegramente una célula solar de doble unión que posee una eficiencia récord, 32.6 %. La célula solar de doble unión es de GaInP y GaAs ajustados en red y su medida homologada se ha realizado en el laboratorio de calibración independiente del Instituto Fraunhofer de Friburgo (Alemania).

Rendimiento

El rendimiento del 32.6% de esta célula se ha medido bajo una intensidad luminosa de 1026 soles. La intensidad luminosa de 1 sol se corresponde, aproximadamente, con la luz que se recibe en la superficie terrestre un día soleado. Por tanto, esta célula es una buena candidata para formar parte de módulos fotovoltaicos de concentración que utilizan lentes o espejos para concentrar la luz del sol sobre las células solares.

La célula solar desarrollada en el IES-UPM es bastante diferente de la célula solar de doble unión que hasta ahora tenía la eficiencia mayor del mundo con un 31,1% de eficiencia a 300 soles y que logró el Instituto Fraunhofer de Friburgo en el año 2000. La importancia del nuevo récord no solo reside en un aumento del rendimiento de 1.6% respecto del anterior récord, sino que en buena medida se halla en la intensidad luminosa a la que se obtiene la máxima eficiencia (1026 soles ahora, en tanto que la célula del récord previo lograba su máximo rendimiento a 300 soles).

Grosso modo, cuanto mayor es la concentración luminosa más barata será la electricidad solar.

El potencial de la nueva célula récord de eficiencia queda patente a través del análisis de costes que indica que si se desarrollaran durante unos 5 años sistemas fotovoltaicos de concentración basados en la nueva célula récord, la estimación del coste de la electricidad solar producida sería de unos 5,5 céntimos de euro por kilovatio hora, en tanto que el coste actual de la electricidad producida en España mediante nuclear, gas, petróleo, carbón, renovables, etc. es de unos 7,5 céntimos de euro por kilovatio hora.

La célula récord representa un paso decisivo en el aumento del rendimiento de las células solares de triple unión, cuyo récord de eficiencia lo ha logrado el NREL (Estados Unidos) con una eficiencia del 40,8% a una concentración luminosa de 300 soles. Los investigadores del Grupo de Semiconductores III-V del IES-UPM están convencidos de que la integración adecuada de su célula de doble unión para formar una célula de triple unión produciría una eficiencia superior al 41% a 1000 soles, lo que sería un récord mundial absoluto de eficiencia.

Fuente: YAHOO! Noticias

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El ministerio de Industria prepara una normativa para luchar contra el fraude en el sector fotovoltaico después de que la Comisión Nacional de la Energía constatara irregularidades en el registro de instalaciones para acogerse al anterior sistema de primas, más elevadas que las actuales.

El ministerio de Industria prepara una normativa para luchar contra el fraude en el sector fotovoltaico después de que la Comisión Nacional de la Energía constatara irregularidades en el registro de instalaciones para acogerse al anterior sistema de primas, más elevadas que las actuales.

Fuentes del gabinete dirigido por Miguel Sebastián confirmaron a Efe que el objetivo es que los presuntos autores del fraude sepan que pueden ser sancionados con multas e incluso con penas de cárcel, ya que la falsificación de documentos está tipificada como delito.

Según el Código Penal, las personas que incurran en la falsificación de documentos públicos, oficiales o mercantiles pondrá ser sancionadas con penas de entre 6 y 3 años de cárcel y multas.

En el caso de que el falsificador sea una autoridad o funcionario público, las penas de prisión van de 3 a 6 años y podrán ser sancionados también con entre dos y seis años de inhabilitación.

Esta misma semana, la Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif) pidió que las instalaciones que se demuestre que están indebidamente registradas para cobrar las antiguas primas a la producción sean inhabilitadas para recibir las ayudas públicas.

La CNE constató que 4.189 instalaciones fotovoltaicas, que suman el 13,3 por ciento de la potencia inscrita, no vertían energía en el sistema eléctrico el 30 de septiembre de 2008, fecha en la que concluyó la vigencia del anterior régimen retributivo.

Posteriormente, el pasado 11 de diciembre, la CNE aprobó un plan de inspección de instalaciones solares fotovoltaicas, eólicas y de cogeneración para determinar qué plantas tienen derecho a disfrutar de las anteriores primas.

Asif consideró “muy oportuno” que la CNE inspeccione las instalaciones para conocer por qué no estaban aportando electricidad al sistema, y pidió que si se encuentran irregularidades “se identifique a los responsables y se apliquen las sanciones correspondientes con el máximo rigor”.

Fuente: Yahoo! Finanzas

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La comisión técnica “necesita más tiempo” para analizar los proyectos.

La comisión técnica que analiza las candidaturas de las empresas que aspiran a la concesión de nuevas explotaciones de energía eólica en Galicia ha pedido un “aplazamiento del plazo de resolución” hasta el próximo lunes porque “necesita más tiempo”, informaron fuentes de la Xunta.

Un portavoz de la Consellería de Innovación e Industria indicó que la citada comisión, que debía presentar este miércoles su resolución sobre el concurso, decidió pedir la prolongación del plazo.

Añadió que la Consellería “no pueden precisar el plazo horario” en que se divulgarán el lunes las empresas seleccionadas, ni tampoco las causas ni “confirmar o desmentir” las informaciones divulgadas por varios medios de comunicación de Galicia acerca de la posibilidad de un supuesto fallo informático que impidió a la comisión elaborar su resolución.

Los grandes grupos del sector de la energía y los mayores empresarios gallegos figuran entre los candidatos a las nuevas concesiones por parte de la Xunta de Galicia, entre ellas Iberdrola, Acciona, Gas Natural, Unión Fenosa, Ence y los empresarios gallegos Amancio Ortega, Manuel Jove, Jacinto Rey y Epifanio Campo

Fuente: Faro de Vigo

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Aprovecha el aire que no pasa a través de las palas para incrementar su eficiencia

Ingenieros de la empresa FloDesign Wind Turbine han diseñado un nuevo tipo de turbinas eólicas inspiradas en los motores a reacción empleados habitualmente en la aviación. La gran novedad de esta propuesta es que han rodeado la turbina con una cubierta que dirige más cantidad aire que una turbina convencional directamente hacia las palas. Según sus creadores, la nueva tecnología permitiría generar electricidad a partir de energía eólica ahorrando hasta un 50%. Otra de sus ventajas es el reducido tamaño de sus palas. Esta característica hace que se optimice al máximo terreno donde se instalen. Por Raúl Morales.

FloDesign Wind Turbine, perteneciente a la empresa aeroespacial FloDesign, ha desarrollado una turbina eólica capaz de generar electricidad con un coste hasta un 50% menor que las turbinas convencionales. La empresa ha conseguido 6 millones de inversores para financiar este proyecto, y ya ha llegado un acuerdo con un instalador de parques eólicos para su implantación.

Según informa Technology Review, el nuevo diseño, que se basa en la misma tecnología usada en los motores a reacción, tiene la ventaja de que evita una de las principales limitaciones de las turbinas eólicas convencionales. Normalmente, cuando el viento se aproxima a una turbina, cerca de la mitad del aire no llega a atravesarla y la energía de ese viento desviado sencillamente se pierde. Una turbina de las que solemos ver habitualmente captura sólo el 59,3% (como máximo) de la energía del viento. Este valor se denomina el límite Betz

Lo que ha hecho FloDesign para solventarlo es rodear las palas de su turbina eólica con un cubierta que dirige el aire directamente hacia las palas. Además, lo acelera, incrementando su producción de energía.

El resultado es que el nuevo diseño genera tanta energía como si una turbina convencional tuviera unas palas con el doble de diámetro. Precisamente, el reducido tamaño de las palas de esta tecnología es otra de sus ventajas. De esta manera, pueden instalarse más turbinas en menos terreno, optimizando de manera espectacular cada metro cuadrado.

Más información: Tendencias de la Ingeniería

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Mitsubishi Electric comercializará desde enero en España un sistema de placas fotovoltaicas “innovadoras” que pueden transformar un 18,6% de energía solar en eléctrica, según explicó hoy en rueda de prensa Miquel Castro, director del recién creado departamento de sistemas fotovoltaicos.

Según la empresa, España es uno de los países con los niveles más altos de radiación solar, y por ello se ha impulsado el nuevo departamento para contribuir en la implantación de la energía solar en el país y “preservar el medio ambiente”.

Del sistema, que ya está implantado en países como Italia y Alemania, destacan, según Castro, las rejillas de los electrodos extrafinas, el marco con mejor resistencia a la tracción, la utilización de pales de acero, la corrosión y drenaje de agua y la garantía del producto de hasta cinco años.

Tanto las células como los módulos se fabrican en Japón y se empezarán a comercializar en España desde el 1 de enero. La empresa ofrecerá unos seminarios técnicos enfocados a clientes y a trabajadores para que se familiaricen con las nuevas aplicaciones fotovoltaicas.

Fuente: Europa Press

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La comisión de evaluación de los anteproyectos eólicos que acuden al concurso que impulsa la Consellería de Innovación e Industria suspendió este lunes la reunión que había sido convocada para repartir los 2.325 megavatios (MW) de energía.

La comisión volverá a reunirse este miércoles por la mañana, encuentro en el que, previsiblemente, decidirá cuáles son los proyectos ganadores. El plazo previsto para dar a conocer la lista de vencedores, ya que el plazo expira este mismo miércoles a las 24.00 horas.

Más de 30.000 MW

Los miembros de la mesa de valoración decidieron aplazar el encuentro ante la imposibilidad material de analizar los proyectos que acuden a la puja, así como las iniciativas industriales que llevan aparejadas esas iniciativas.

De hecho, según fuentes vinculadas al proceso selectivo, no se llegó a poner sobre la mesa un listado de posibles adjudicatarios de los nuevos megavatios (MW) eólicos.

No en vano, al concurso acuden 172 anteproyectos, que aspiran a repartise los 2.325 nuevos megavatios de potencia eólica. Las iniciativas solicitaron más de 30.000 MW. La inversión prevista superará los 5.000 millones de euros.

Densa documentación

Los equipos técnicos de la Consellería de Innovación e Industria, que gestiona el nacionalista Fernando Blanco, desmenuzaron durante los últimos días toda la información presentada por los anteproyectos eólicos. Y eligieron las mejoras iniciativas. También seleccionaron a los posibles suplentes. Ahora falta el análisis de la mesa de valoración y la votación definitiva.

Los miembros de la comisión de valoración tienen hasta el mediodía del miércoles para seleccionar y elegir a los ganadores. Según fuentes vinculadas a este selecto grupo de trabajo, se trata de folios y folios, que reflejan toda la documentación técnica y las diferentes características de los proyectos industriales asociados al desarrollo de nuevos MW eólicos. Incluso alguno de los miembros de la mesa destacó la dificultad de analizar a conciencia tan densa documentación.

La Consellería admite ”presiones”

Tras la ‘luz verde’ de la comisión de evaluación, será el propio conselleiro, Fernando Blanco, quien firme el decreto que fijará el reparto de los 2.325 MW eólicos. Blanco aseguró que la comisión no había pedido ninguna ampliación del plazo de resolución, que finaliza el día 17.

Según explicó, todos los integrantes de la comisión conocen los expedientes desde hace meses y, además, están a su disposición. ”Es evidente que hay intereses, todos quieren jugar”, recalcó. El conselleiro de Innovación también admitió ”presiones” en torno a la adjudicación, aunque aclaró que él no se siente coaccionado. Destacó que la decisión final será, según dijo, ”en función de los intereses del país”.

Fuente: Galicae

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Se introducen cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal

Se da más agilidad y eficacia a los procesos judiciales de desahucio e impago de rentas para evitar abusos y demoras injustificadas, salvaguardando en todo caso los derechos y garantías de los inquilinos de buena fe

Los arrendadores podrán resolver el contrato de alquiler si necesitan la vivienda para que sea ocupada por sus hijos o sus padres, siempre que esta posibilidad quede consignada previamente en el contrato de arrendamiento

Se flexibiliza la mayoría requerida para que las comunidades de propietarios afronten la realización de obras de mejora de la eficiencia energética de sus edificios y viviendas

El Consejo de Ministros, por iniciativa de la Ministra de Vivienda, ha aprobado definitivamente el Proyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas y al Eficiencia Energética de los Edificios. La norma, que va a suponer la modificación de las leyes de Arrendamientos Urbanos, la de Enjuiciamiento Civil y la de Propiedad Horizontal, viene motivada por la necesidad de dar un mayor impulso al mercado del alquiler en España.

Por eso, este Proyecto de Ley complementa y refuerza otras medidas del Gobierno a favor del alquiler, como son la recuperación de la deducción en el IRPF para los inquilinos, las ayudas de la Renta Básica de Emancipación para que los jóvenes puedan alquilar su primera vivienda o las nuevas ayudas a inquilinos y promotores de vivienda de alquiler del nuevo Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, aprobado también por el Consejo de Ministros.

Las reformas introducidas por el Proyecto de Ley tienen como finalidad agilizar los procesos judiciales de desahucio y de reclamación de rentas derivadas de alquiler. Además, va a permitir que las comunidades de propietarios adopten con más facilidad acuerdos para la realización de obras y la instalación de equipos o sistemas que mejoren la eficiencia energética de los edificios.

En la tramitación del Anteproyecto de Ley, el Gobierno ha consultado a las Comunidades y Ciudades Autónomas, a la FEMP y a casi una veintena de organizaciones sociales y económicas representativas del sector. Asimismo, solicitó informe al Consejo General del Poder Judicial, en cuyo dictamen se afirma que “sin conculcación de ningún derecho, se gana en economía procesal y se favorece la celeridad del procedimiento, lo que debe ser objeto de valoración positiva”.

Ampliación de los supuestos de cancelación de contratos

El Proyecto aprobado por el Consejo de Ministros introduce cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos. En concreto, se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. Al supuesto en que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se une la posibilidad de que la necesite para sus padres o hijos. En todo caso, para evitar fraudes y en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que tal circunstancia deberá hacerse constar expresamente en el contrato de arrendamiento.

Si transcurridos tres meses a contar desde la extinción del contrato, el arrendador o sus familiares no han ocupado la vivienda, el arrendador tendrá que reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la misma por un nuevo período de hasta cinco años, y el inquilino tendrá derecho a que se le pague el importe de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera causado hasta el momento de la reocupación o a que se le indemnice con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedasen hasta completar los cinco del contrato.

Agilización de trámites judiciales

La segunda norma que se va a ver modificada por este Proyecto de Ley es la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los cambios introducidos en la misma están orientados a la agilización de los procesos de desahucio y de reclamación de rentas debidas. En síntesis, tiene por objeto mejorar la seguridad y las garantías del propietario y del inquilino como medida idónea para fomentar el aumento de la oferta del mercado de alquiler y contribuir así a la moderación de sus precios.

La reforma ofrece varias mejoras. Por un lado, permite asegurar la tutela eficaz de los derechos de los arrendadores, de manera que ante incumplimientos graves en el pago del alquiler puedan recuperar sus viviendas de modo rápido y sencillo. Por otra parte, la reforma beneficia a los inquilinos de buena fe, dado que la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impide que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales.

Adicionalmente, contar con mecanismos más eficaces para la resolución de los conflictos incrementará la confianza de las partes, lo que contribuirá, por ejemplo, a reducir garantías excesivas que, en forma de avales o fianzas desproporcionadas, se vienen exigiendo habitualmente en este sector.

La reforma aprobada por el Ejecutivo permite que todas las acciones, tanto de desahucio como de reclamación de rentas se tramiten en juicio verbal, un procedimiento más rápido y sencillo. Además, se adoptan todo un conjunto de medidas de agilización de los procesos en cuanto a citaciones, emplazamientos y notificaciones.

La sentencia condenatoria de desahucio será título suficiente de ejecución directa del desahucio en el día y hora señalados, de manera que ya no habrá necesidad de iniciar nuevo proceso. Por lo que respecta a la sentencia de condena al pago de rentas, ésta incluirá, no sólo las devengadas al momento de interposición de la demanda, sino también las que se devenguen hasta la entrega de la posesión efectiva de la vivienda.

Por otra parte, se reduce de dos meses a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por el impago de rentas y la presentación de la demanda. Con esta reducción se concilian dos intereses. Se mantiene un plazo suficiente para que el arrendatario de buena fe abone lo debido antes de iniciarse ningún proceso y se reduce a la mitad el periodo de tiempo que debe transcurrir, desde el requerimiento, para que el arrendador pueda presentar la demanda.

Una forma de facilitar la mejora energética de los edificios

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética de los inmuebles, con arreglo a los siguientes supuestos:

El establecimiento o supresión de equipos o sistemas que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos (que normalmente requiere unanimidad).

Si los equipos o sistemas son susceptibles de aprovechamiento individualizable, para la adopción del acuerdo bastará el voto favorable de un tercio de los propietarios, en cuyo caso sólo se repercutirá el coste para aquellos que hayan votado a favor del acuerdo y se beneficien de la mejora, tal y como ya ocurría hasta hora con la instalación de paneles solares, por ejemplo.

El resto de actuaciones que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética se seguirán rigiendo por el sistema de mayorías vigente.

Fuente: Ministerio de Vivienda

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