El 26 de julio de 2012, se publicó en el BOE el Real Decreto 1038/2012, de 6 julio que aprobó el Consejo de Ministros y que modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
(http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/26/pdfs/BOE-A-2012-9984.pdf)
Esta modificación responde a la sentencia del Tribunal Supremo, Sección Quinta de la Sala Tercera, de lo Contencioso Administrativo, de 20 de julio de 2012, en la que estimaba parcialmente un recurso contra el Real Decreto 1367/2007, anulando la expresión “SIN DETERMINAR” que figura en relación con el Tipo de Área Acústica f), dedicada a las sectores de territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que los reclamen, dentro de la Tabla A, en la que se establece que “los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas urbanizadas existentes”, del Anexo II del mencionado Real Decreto, dedicado a los denominados Objetivos de Calidad Acústica.
La sentencia fallaba a favor de la necesidad de eliminar dicha indeterminación por lo que se establece que en los sectores del territorio afectado a sistemas generales de infraestructuras de transporte u otros equipamientos públicos que lo reclamen, no podrá superarse, en sus límites los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables al resto de áreas acústicas colindantes con ellos.
Con esta modificación queda subsanada la problemática que venía acompañando, desde 2007, a todos aquellos límites de estas infraestructuras que en la mayoría de los casos generaban elevados índices de contaminación acústica a los territorios colindantes.
Fuente: COITT












