O departamento que dirixe Javier Guerra Fernández quere facilitar o acceso ao crédito aos emprendedores, evitar os atrancos que atopan para dispoñer de garantías e despexar o camiño para que fagan novos investimentos

Habilitar préstamos subsidiados e avalados por un importe de ata 15 millóns de euros para apoiar o financiamento dos investimentos impulsados por novas pemes, para pemes que queren medrar ou renovarse para mellorar en competitividade ou para microempresas galegas, é o obxectivo do Plan re-imaXina que vai poñer en marcha a Consellería de Economía e Industria que dirixe Javier Guerra Fernández a través do Instituto Galego de Promoción Económica.

Este instrumento financeiro facilitará a concesión polas entidades financeiras de préstamos, eliminando dous dos atrancos que adoitan dificultar o acceso das empresas de menos dimensión ao financiamento, as garantías e os custos de xestión. O xuro efectivo para os beneficiarios destes préstamos avalados roldará o 3%.

As microempresas e pemes beneficiarias deste programa de apoio impulsado polo Instituto que preside o conselleiro de Economía e Industria, Javier Guerra, poderán dispoñer de préstamos que contarán co aval dunha SGR polo 80% do importe do financiamento. Nin as entidades financeiras nin as SGR poderán requirir dos solicitantes máis garantías adicionais que as persoais dos promotores da actividade empresarial. Os beneficiarios tampouco deberán pagar á entidade financeira ou SGR correspondente ningún outro custo derivado da operación acollida a esta liña.

As achegas do Igape fan posible que os xuros dos préstamos concedidos polas entidades financeiras ao amparo deste programa sexan fixos, do 3,14%, no caso dos destinados a microempresas. Os préstamos para novas pemes e pemes competitivas serán variables e estarán referenciados ao euríbor a seis meses máis; en 2009, o xuro efectivo dos préstamos concedidos nestas dúas liñas será do 2,98%.

Os préstamos concedidos ao abeiro destas bases e no marco do correspondente convenio que o Igape asinará coas entidades financeiras adheridas e as sociedades de garantía recíproca que operan en Galicia terán un prazo de amortización de ata 5 anos, no caso da liña para as microempresas, e de 5 a 7 anos nos concedidos nas liñas para novas pemes e pemes competitivas. En todos os casos, os prazos poderán incluír ata 1 ano de carencia na amortización do capital.

Distribución das axudas

O importe convenido polas partes que firmarán este convenio de axudas establece 8 millóns de euros para a creación dunha liña de créditos a microempresas, 5 millóns de euros para financiar proxectos de novos emprendedores galegos e 2 millóns de euros para o financiamento de investimentos que permitan ás pemes consolidadas mellorar a súa competitividade a través da innovación.

Na categoría de pequenas e medianas empresas englóbanse aquelas que ocupan a menos de 250 persoas e teñen un volume de negocios anual que non excede dos 50 millóns de euros, e aquelas que ocupan a menos de 50 persoas e o seu volume de negocios anual ou balance xeral non supera os 10 millóns de euros. A microemprensa ocupa a menos de 10 persoas e o volume de negocios ou balance xeral anual non excede dos 2 millóns de euros.

As dificultades de acceso ao crédito son especialmente importantes nos casos destas tres modalidades empresariais debido aos atrancos que atopan para dispoñer das garantías que reclaman as entidades financieiras. Con esta liña de axudas que se pon en marcha, a Consellería de Economía e Industria, da man dun reforzado Igape, aposta por un programa de préstamos con aval dunha SGR que cubra ata o 80% e sen que as entidades poidan requirir garantías adicionais aos emprendedores solicitantes como fórmula para inxectar cartos destinados ao investimento e ao mantemento da actividade empresarial.

Fonte: Consellería de Economía e Industria

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La construcción ha sido y es uno de los motores más importantes de la economía española, representando en 2008 su Valor Añadido Bruto (VAB) el 10,6% del PIB nacional y su empleo el 12 % del total existente en España.

En un entorno como el actual, en el que el mercado inmobiliario y de la construcción se ha ralentizado sustancialmente y los analistas de diferentes entidades financieras prevén una devaluación de la vivienda de entre el 25% y el 30% en el periodo 2009-2011, resulta imprescindible por parte de las empresas constructoras e inmobiliarias una estrategia de diferenciación de producto.

En este sentido, la incorporación de criterios de sostenibilidad en los edificios a proyectar puede ser un elemento clave y fundamental que ayude a su comercialización, contribuyendo así a mantener la competitividad del sector de la construcción y haciendo de la sostenibilidad una oportunidad de negocio.

Si a esto añadimos que se trata de un sector muy intensivo en energía y con un impacto ambiental considerable, la citada afirmación cobra aún más razón. Según datos de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), los edificios son responsables de cerca del 40% del consumo energético y de las emisiones de dióxido de carbon (CO2), del 68% del consumo eléctrico y del 12% del consumo de agua.

Cabe destacar que la incorporación de criterios de sostenibilidad en los edificios no tiene por qué suponer incrementos de coste si se mira con una visión a largo plazo.

Así, los estudios publicados por los principales organismos de referencia, arrojan como cifras que los costes iniciales incurridos para la adaptación de los edificios a criterios de construcción sostenible (por ejemplo, a la certificación Leed) en Norteamérica han supuesto incrementos de entre el 1 y el 8%, con un aumento medio del 2,5%, lo que podría suponer aproximadamente 3.000 euros para una vivienda media española de 100 metros cuadrados.

En cuanto al ahorro económico, existen diferencias entre las fuentes de información consultadas, si bien el Valor Actual Neto (VAN) a 20 años lleva a resultados positivos en todo caso, situándose el mismo en unos 70 euros por metro cuadrado, derivados de ahorros en energía, emisiones, agua y residuos.

Todo ello ha supuesto que en los últimos cuatro años, el número de certificaciones sostenibles de edificios (Leed, Breeam, Energy Star, etc.) se haya visto incrementado a nivel global en más de un 50% anual y que la edificación sostenible se haya introducido en los mercados financieros.

En este sentido, han surgido, principalmente en los países de origen anglosajón (Estados Unidos, Reino Unido y Australia), fondos de inversión inmobiliaria que se han especializado en una cartera de edificios sostenibles y, aunque todavía es pronto para valorar su evolución, hay estudios que defienden que sus rentabilidades son superiores a las de los fondos inmobiliarios tradicionales.

En definitiva, la incorporación de criterios de sostenibilidad puede convertirse en una oportunidad de negocio para el sector inmobiliario y de la construcción, más aún si se tiene en cuenta la tendencia alcista del precio de la energía y el agua y que el consumidor está cada vez más concienciado con el medio ambiente.

Fuente: SEOPAN

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La Tarifa de Ultimo Recurso (TUR) eléctrica es el precio fijado por el Gobierno para el suministro obligatorio a los clientes que no quieren o no pueden buscar otras ofertas en el mercado. Se configura como una tarifa refugio y está reservada para los consumidores que tienen una potencia contratada inferior a 10 KW, segmento en el que se encuentran prácticamente todos los consumidores domésticos.

Con la entrada en vigor de la nueva tarifa se pone en marcha el bono social por el que se congela la tarifa a los consumidores con una potencia contratada inferior a 3 kW, a los pensionistas con pensiones mínimas, a aquellas familias con todos sus miembros en situación de desempleo y a las familias numerosas suscritos a la TUR en sus viviendas habituales.

Con la finalidad de informar a los usuarios, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha abierto un espacio dentro de su página web en el que se ofrece información detallada sobre la nueva Tarifa de Último Recurso, el bono social, preguntas frecuentes, empresas comercializadoras, la Oficina de Cambios de Suministrador y la liberalización eléctrica.

Las tarifas de último recurso del gas y de la electricidad están compuestas del coste de los peajes por el uso de las redes y el precio de la energía.

El próximo 1 de julio desaparecen las antiguas tarifas integrales de electricidad y se pone en marcha el denominado suministro de último recurso, un hito que supone la culminación de la liberalización del sector eléctrico. Desde esta fecha, la empresa distribuidora de electricidad se dedicará en exclusiva a construir, mantener y operar las redes, así como a leer los contadores y facilitar el servicio de averías 24horas, y serán las empresas comercializadoras las únicas que nos podrán vender la electricidad.

En el nuevo modelo sólo existe una tarifa fijada por el Gobierno, la tarifa de último recurso (TUR), a la que sólo tendrán acceso los consumidores con una potencia contratada inferior a 10 KW (mayoritariamente hogares) y que se calcula con una metodología que tiene en cuenta el precio de la energía y la tarifa de acceso a las redes eléctricas.

Como consecuencia de estos cálculos, el recibo de la luz de los consumidores acogidos a la TUR se encarecerá un 2 por ciento, lo que implica pagar una media de 0,7 euros más al mes para un consumidor tipo.

El procedimiento utilizado es el siguiente. En el caso de las tarifas de acceso, se calculan los costes asociados a su uso, se propone la variación una vez analizada la propuesta de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que elabora un informe con sus recomendaciones para el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que es el responsable último de la decisión y publicación del coste de los peajes.

Para fijar el coste de la energía se celebran las denominadas subastas CESUR (Compra de Energía para el Suministro de Último Recurso) para las empresas suministradoras de último recurso y sus resultados se toman como referencia para determinar su valor. Las subastas tienen lugar en una fecha muy próxima a la de la fijación de las TUR. En esta ocasión la subasta CESUR fue el pasado jueves 25 de junio.

Para tratar de simplificar al máximo el nuevo sistema tarifario y el procedimiento de facturación y con el objetivo de que la TUR sea lo más neutra posible e interfiera lo mínimo en las posibles ofertas comerciales que puedan diseñar de ahora en adelante las empresas comercializadoras, se han eliminado los recargos por exceso de consumo existentes en el modelo de tarifas integrales y los 12,5 KWh mensuales gratuitos que recibían los consumidores.

La TUR se actualizará al menos cada seis meses.

Los consumidores de entre 10 y 15 KW de potencia contratada (mayoritariamente PYMES no industriales y grandes comercios) no tendrán derecho a una tarifa regulada, por lo que deberán buscar un comercializador de electricidad en el mercado libre que les suministre la electricidad.

El resto de los consumidores (grandes industrias y empresas que tienen suministro en alta tensión) dejó de tener tarifa regulada el 1 de julio del año pasado.

Bono social

Adicionalmente, Industria ha aprobado la normativa del Bono Social, por la que se congelan los precios de la tarifa eléctrica para aquellos consumidores con una potencia contratada inferior a 3 kW, a los pensionistas con pensiones mínimas, a aquellas familias con todos sus miembros en situación de desempleo y a las familias numerosas que estén suscritos a la TUR para sus viviendas habituales.

El Bono Social entrará en vigor el 1 de julio y sus solicitantes se beneficiarán desde el primer día del periodo de facturación en que lo soliciten. Los consumidores recibirán información a través de sus facturas de los próximos meses sobre el bono social.

Los requisitos y el procedimiento de acreditación de los solicitantes del Bono Social son los siguientes:

• Consumidores con potencia contratada inferior a 3kW.- Serán beneficiarios de forma automática los consumidores que, siendo personas físicas y estando acogidos a la tarifa de último recurso, tengan en su vivienda habitual una potencia contratada inferior a los 3 kW, por lo tanto no se requerirá ninguna gestión por parte de los consumidores.

• Pensionistas.- Tendrán también derecho al Bono Social los consumidores con 60 o más años de edad que acrediten ser pensionistas del sistema de Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como las beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años. En estos casos, los consumidores están recibiendo un certificado por parte de la Seguridad Social que adjuntarán al impreso de solicitud para la obtención del Bono Social.

• Familias numerosas.- Podrán ser igualmente beneficiarios del Bono Social las familias numerosas que así lo acrediten según lo establecido en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, esto es, presentando copia del Libro de Familia.

• Desempleados.- Las unidades familiares que tengan todos sus miembros en situación de desempleo tendrán igualmente derecho a acogerse al Bono Social. Se considera en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiar que, sin tener la condición de pensionistas, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta ajena o propia. Para su acreditación se habilita a la Tesorería General de la Seguridad Social, previa autorización del consumidor, para que compruebe la condición de desempleado de todos los miembros de la unidad familiar.

En el momento en el que se pierda alguna de las condiciones de aplicación del Bono Social, se perderá el derecho a seguir disfrutando del mismo.

Gas natural

Por otro lado, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha procedido a la actualización para el tercer trimestre del año de los dos tipos de TUR de gas existentes. En el sector del gas natural se pusieron en marcha las TUR desde el 1 de julio de 2008 y se revisan trimestralmente.

Al igual que en la electricidad, su estructura está determinada por el valor de los peajes por el uso de infraestructuras y el coste de la energía, que se determina con los precios de la materia prima obtenido en la subastas de gas y las cotizaciones internacionales de los hidrocarburos (crudo Brent y gas natural).

Teniendo en cuenta estos elementos, las TUR de gas que se aplicarán a partir del 1 de julio próximo serán las siguientes:

- La T1, utilizada por los consumidores domésticos sin calefacción, bajará el 0,1por ciento, lo que equivale a una reducción de 0,13 euros al mes para un consumidor tipo.

- La T2, que corresponde con los consumidores domésticos con calefacción, bajará el 5,4 por ciento, unos 2,3 euros al mes para un consumidor medio.

Por lo tanto, la bajada media de las tarifas de último recurso de gas natural es del 4,2 por ciento, 1,9 euros mensuales.

Fuente: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

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El futuro centro de información flotante para la Feria Internacional de la Construcción de Hamburgo (IBA) no precisa energía del exterior. La calefacción, el agua caliente y la refrigeración del edificio, diseñados por Immosolar, están plenamente garantizados por energías renovables. Los generadores de energía principales son colectores solares (aprox. 34 m2 superficie de colector bruto) y una bomba de calor tierra /agua (44 kW). La fuente de energía para la bomba de calor es el pontón de hormigón armado en el que se han instalado mallas de armadura con tubos de intercambiador de calor (sistema geotérmico cerrado ).

Dique IBA

El dique IBA consta de una estructura de acero construida sobre un pontón flotante. En lo referente a la estática y a los requisitos de carga, la estructura está compuesta por módulos que se han montado in situ sobre el pontón. Este factor ha influido en la elección del sistema de calefacción. Como en el edificio se prescinde de solado y de paredes enlucidas, quedan descartados los sistemas de calefacción convencionales y por suelo o pared radiantes. En este caso la mejor opción ha sido el uso de componentes prefabricados de calefacción y refrigeración que se han instalado en todo el edificio. El cuerpo del edificio cumple dos funciones esenciales de la sociedad IBA Hamburg GmbH. Por una parte, en el dique IBA se encuentran las oficinas de la empresa IBA, incluidas las salas de reuniones y presentaciones. La otra mitad del edificio acoge la exposición sobre la construcción. Las tres plantas, unidas entre si por espacios a distinto nivel, ofrecen sitio suficiente para un centro de visitantes en expansión, con información sobre todos los proyectos IBA, exposiciones itinerantes y eventos especiales.

Puesto que el dique IBA es un edificio flotante, el tipo de suministro de energía suponía todo un desafío para los ingenieros, los geólogos y las autoridades competentes. Junto con la empresa IMMOSOLAR se aglutinaron varias posibilidades para el suministro de energía del dique IBA de la temperatura del agua del Elba combinado con energía térmica solar. Esto abarca tanto la demanda de calor del edificio, incluyendo el tratamiento del agua caliente, como la demanda de frío para la climatización de los espacios. La fuente de energía es un transmisor de calor integrado en el pontón a modo de tuberías con forma de meandro. Estas tuberías están encastradas en la placa del suelo del pontón y se han instalado por toda la superficie. La elección de la fuente de calor es el resultado de la calidad del agua y de las circunstancias biológicas del Elba. En caso de utilizar, por ejemplo, una bomba de calor agua-agua se produciría una obstrucción de los filtros y un crecimiento de la vegetación de algas y moluscos en los tubos de aspiración, que a su vez aumentaría los intervalos de mantenimiento. Además las bajas temperaturas del Elba en invierno repercutirían negativamente en el rendimiento anual de la bomba de calor.

Energy Management System

Por medio de los colectores solares en la cubierta se aprovecha la energía solar para el agua caliente sanitaria y el apoyo de calefacción. Para los dieciséis colectores de IMMOSOLAR se ha optado por un ángulo de instalación de 50° con orientación sur. Con la fuerte inclinación se aprovecha al máximo el rendimiento solar en los meses de transición y de este modo aumenta el grado de aprovechamiento de toda la instalación. La superficie bruta de los colectores es de aproximadamente 34 m2. Para la energía solar existen tres niveles de descarga que funcionan y se regulan hidráulicamente en función del nivel de prioridad. El agua sanitaria tiene la mayor demanda de temperatura y por ello el primer nivel de prioridad. En el segundo nivel se acciona un acumulador intermedio de calefacción que trabaja en un grado medio de temperatura.

Las temperaturas inferiores a 30°C, que no se pueden utilizar ni para agua caliente ni para la calefacción, se transportan y se almacenan en el tercer nivel de descarga, el sistema geotérmico cerrado. Otro acumulador, instalado en el pontón entre la bomba de calor y el transmisor de calor, almacena la energía solar.

En las épocas de calor, la energía acumulada asciende a un nivel de temperatura suficiente para calentar y se lleva a las superficies radiantes o al agua caliente sanitaria. Esto maximiza considerablemente el rendimiento solar, así como las horas de funcionamiento anuales de la bomba de calor y por lo tanto la eficiencia de todo el sistema.

Los niveles de descarga solares son parte integrante de IMMOSOLAR EnergyManagers, que representa los componentes básicos de regulación e hidráulicos del sistema de gestión de energía IMMOSOLAR EnergyManagementSystems. Constituye la interfaz para la conexión de los colectores solares y de la bomba de calor, así como para la integración del sistema de los componentes de acumulación. El sistema de gestión de energía de IMMOSOLAR EnergyManager se ocupa de que todos los flujos de energía se utilicen en función de la temperatura y de las necesidades. En caso necesario, la energía solar se conduce inmediatamente a los consumidores o se almacena para un uso posterior. La bomba que se utiliza es una bomba de calor tierra-agua IMMOSOLAR 44 kW que caliente y refrigera el edificio. Por medio de los techos de calor y refrigeración instalados se suministra calor a las habitaciones o se absorbe en caso de refrigeración. La temperatura de entrada está limitada a 35°C para calor y a 16°C para frío. De este modo se consigue una temperatura ambiente agradable tanto en los meses de frío como en los de calor.

Dique IBA

Como el dique IBA ha sido concebido como centro de información con una gran afluencia de público y sala de exposiciones, la calidad del aire debe cumplir determinados requisitos higiénicos. El intercambio de aire de todo el edificio se garantiza con un aparato de ventilación con recuperación de calor. Para garantizar la neutralidad de CO2, se utiliza una instalación fotovoltaica cuyo tamaño es determinado por el consumo de corriente del equipo de la bomba incluyendo sus componentes auxiliares. La utilización de corriente ecológica para todos los consumidores eléctricos pone de relieve su objetivo. La instalación fotovoltaica se encuentra a nivel de la azotea con un ángulo de inclinación de 30° orientada hacia el sur. Los sesenta y tres módulos Solon policristalinos requieren una superficie de aproximadamente 103 m2 y alcanzan una potencia de conexión de 14,8 kWp.

Para hacer más comprensible a los visitantes el suministro de energía, la sala técnica se hará accesible quedando así integrada en la exposición. Los componentes se exhibirán detrás de mamparas de plexiglás con explicaciones en paneles informativos. En un monitor los visitantes encontrarán información sobre rendimiento, consumo, temperatura y estado de la instalación. El monitor se puede leer a distancia y de este modo se puede adaptar y regular según las necesidades en cada caso.

Fuente: Immosolar

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El Gobierno chino podría relajar los controles a la Inversión Extranjera Directa (IED), especialmente en el sector inmobiliario, para evitar que dicha actividad prosiga su tendencia bajista en el mercado local, según han informado fuentes del Ministerio de Comercio. Esta propuesta, que se ha remitido al Consejo de Estado, enumera 42 reglas en materia fiscal, cambiaria y de supervisión.

Al margen del sector inmobiliario, otras sugerencias incluyen dar acceso a los inversores extranjeros a los sectores de alta tecnología y relajar las comprobaciones en las inversiones individuales.

La IED cayó un 17,8% el pasado mes de mayo en tasa interanual, alcanzando los 6.380 millones de dólares (4.540 millones de euros). Por su parte, en los primeros cinco meses del presente ejercicio, la inversión extranjera directa muestra una contracción del 20,4%, totalizando 34.050 millones de dólares (24.235 millones de euros).

Fuente: ICEX

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La norma da más agilidad y eficacia a los procesos judiciales de desahucio e impago de rentas para proteger a los arrendadores de abusos y demoras injustificadas, salvaguardando los derechos y garantías de los inquilinos de buena fe.

Los arrendadores podrán resolver el contrato de alquiler si necesitan que la vivienda sea ocupada por sus hijos, padres o cónyuge en caso de divorcio y nulidad matrimonial.

Se flexibiliza la mayoría requerida para que las comunidades de propietarios afronten la realización de obras de mejora de la eficiencia energética o hídrica y se favorece el establecimiento en los garajes de puntos de recarga de los coches eléctricos para potenciar el transporte sostenible.

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado, con competencia legislativa plena, el dictamen del Proyecto de Ley del Fomento de Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética de los Edificios. La norma aprobada, que ahora seguirá su tramitación parlamentaria en el Senado, integra el Proyecto de Ley presentado por el Gobierno y una proposición de Ley Orgánica de CiU. La iniciativa ha salido adelante con el apoyo de PSOE, CiU y PNV, la abstención del Grupo Popular y el voto en contra de ERC-IU-IC

Este Proyecto de Ley va a suponer la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Propiedad Horizontal y la misma tiene por objeto dar un mayor impulso al mercado del alquiler y favorecer las instalaciones que mejoren la eficiencia energética o hídrica de los edificios.

Por lo que respecta a la Ley de Arrendamientos Urbanos, se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. Al supuesto en el que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la necesite para sus hijos, sus padres y, tras ser aprobada una enmienda en este sentido, su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial. Paralelamente, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que tal circunstancia deberá constar expresamente en el contrato de arrendamiento.

Trámites judiciales más ágiles

Los cambios introducidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil están orientados a la agilización de los procesos arrendaticios. En líneas generales, tiene como fin mejorar la seguridad y las garantías del propietario y del inquilino como medida para fomentar el incremento de la oferta del mercado del alquiler.

La reforma permite asegurar la tutela eficaz de la posición legítima de los arrendadores, de manera que ante incumplimientos graves en el pago del alquiler puedan recuperar sus viviendas de modo rápido y sencillo. Por otra parte, beneficia a los inquilinos de buena fe, dado que la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales. Adicionalmente, contar con mecanismos más eficaces para la agilización de los procesos, incrementará la confianza de las partes, lo que contribuirá a la reducción de precios y a evitar la exigencia de garantías excesivas (avales y fianzas).

La Ley permite que todas las acciones, tanto de desahucio como de reclamación de rentas se tramiten en juicio verbal, un procedimiento más rápido y sencillo. Además, se adoptan todo un conjunto de medidas de agilización de los procesos en cuenta a citaciones, emplazamientos y notificaciones.

La sentencia condenatoria de desahucio será título suficiente de ejecución directa del desahucio en el día y hora señalados, de manera que ya no habrá necesidad de iniciar nuevo proceso ni trámite posterior. Por lo que respecta a la sentencia de condena al pago de rentas, ésta incluirá, no sólo las devengadas al momento de interposición de la demanda, sino también las que se devenguen hasta la entrega de la posesión efectiva de la vivienda.

El proyecto mantiene la posibilidad de que las partes puedan llegar a un pacto durante el proceso, de modo que el propietario puede asumir el compromiso de condonar al inquilino total o parcialmente la deuda, a cambio del desalojo voluntario del inmueble. Con objeto de favorecer estos acuerdos, la nueva Ley reduce a 15 días el plazo mínimo para que pueda alcanzarse dicha transacción. Asimismo, para evitar la utilización abusiva y de mala fe de esta figura, el incumplimiento del desalojo voluntario en el plazo acordado tendrá como consecuencia la ejecución directa del desahucio en un plazo no superior a 15 días desde la finalización del periodo voluntario

Por otra parte, se reduce de dos meses a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por el impago de rentas y la presentación de la demanda. Con esta reducción se concilian dos intereses. Se mantiene un plazo suficiente para que el arrendatario de buena fe abone lo debido y se reduce a la mitad el periodo de tiempo que debe transcurrir, desde el requerimiento, para que el arrendador pueda presentar la demanda.

Mejora energética e hídrica de los edificios

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles.

De este modo, el establecimiento o supresión de equipos o sistemas que tengan por finalidad mejorar la eficiencia energética o hídrica requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos (que normalmente requiere unanimidad).

Si los equipos o sistemas son susceptibles de aprovechamiento individualizable, para la adopción del acuerdo bastará el voto favorable de un tercio de los propietarios, en cuyo caso sólo se repercutirá el coste para aquellos que hayan votado a favor del acuerdo y se beneficien de la mejora, tal y como ya ocurría hasta hora con la instalación de paneles solares, por ejemplo.

Por otra parte, y con el objeto de potenciar y favorecer el transporte sostenible, se establece que si se tratara de instalar en el aparcamiento del edificio un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubicara en una plaza individual de garaje, sólo se requerirá la comunicación previa a la comunidad de que se procederá a su instalación. El coste de dicha instalación será asumido íntegramente por el o los interesados directos en la misma.

Fuente: Ministerio de Vivienda

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